ACCIDENTES DE TRÁFICO:

Accidentes de coche – Accidentes de moto

Un accidente de tráfico (ya sean accidentes de coche o accidentes de moto), siempre es una desgracia, tanto para quien lo padece, como para sus familiares. Aun cuando sólo se den daños materiales, que afecten únicamente al vehículo, son numerosas las molestias que nos provoca estar sin nuestro medio de desplazamiento.

Accidentes de coche, accidentes de moto

Evidentemente, si hay daños personales, los perjuicios aún son mayores. Por ello, porque comprendemos esta situación, nuestro objetivo es y va a ser obtener la máxima indemnización posible para usted. Y ello lo podemos conseguir porque NO trabajamos para ninguna aseguradora. Somos independientes.

Las compañías aseguradoras a menudo ofrecen indemnizaciones menores a las que corresponden aplicando el baremo legal, especialmente en siniestros en los que hay lesiones corporales.

Si usted cree que el otro implicado tiene la culpa, su seguro se hará cargo de nuestros honorarios (Art. 76 a de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro).

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Consejos a seguir ante un accidente de tráfico

  1. Debe permanecer tranquilo y comprobar que todas las personas involucradas en el accidente están en perfectas condiciones.
  2. En el caso de que haya algún herido, se debe llamar inmediatamente a la Policía o a la Guardia Civil, para que levante un atestado, y llevar a la víctima al Hospital más cercano.
  3. Nunca discuta con los demás implicados en el siniestro. Intente, en la medida de lo posible, rellenar el parte amistoso, indicando las circunstancias que para usted han resultado relevantes en la producción del siniestro.
  4. Intente tomar los datos de todos los testigos que hayan presenciado el accidente.
  5. Durante los siete días siguientes al accidente, comuníquelo a su aseguradora.
  6. Nunca acepte una indemnización por daños y perjuicios sin antes haber consultado con un Abogado. Recuerde que en López Balado las consultas son totalmente gratuitas.
  7. Todos los documentos relativos al accidente, tanto aquellos relacionados con los daños del vehículo, como los relativos a los daños personales que usted haya sufrido (partes de accidente, bajas, informes, documentos médicos, placas, tacs, etc.) debe guardarlos. Ello nos servirá de base para la futura reclamación.
  8. Siempre que haya sufrido lesiones, deberá presentar denuncia dentro de los seis meses posteriores al accidente.
  9. Si no ha sufrido daños personales, siendo éstos sólo materiales, o incluso si habiéndolos sufrido no desea presentar denuncia, podrá interponer demanda en el plazo de un año desde el siniestro.
  10. Si usted es el conductor del vehículo (siempre que no sea responsable del accidente), un ocupante del mismo o un simple peatón, tiene derecho ser indemnizado.

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